Inscripción de Asociaciones, Sociedades Civiles y Religiosas
                        
                        
                            Dirección del Registro Público de la Propiedad y del Comercio
                        
                        
                                    Homoclave: BC-DRPPC-009
                                
                            
                                    Actualizado el 01/Octubre   /2025 
                                
                            
                            Presencial
                        
                
                        Inscripción de Constitución de Asociaciones, Sociedades Civiles, Religiosas, así como de las actas de asamblea, juntas administrativas o modificaciones a los estatutos de las mismas.
                    
                    
                        CUANDO REALIZARLO:  Cuando se requiera dar publicidad frente a terceros en la que se constituyen las asociaciones y sociedades civiles                      
                    
                    
                        QUE SE OBTIENE:   Registro de Inscripción o modificación con respecto a una sociedad o asociación Civil.
                    
                    
                            SIN VIGENCIA 
                    
                    
                            COSTO VARIABLE: octubre 2025 sociedad o asociación civil hasta por $50, 000.00 costo es de $ 4,776.00 m.n.                    
                    
                        QUIEN PUEDE REALIZARLO: 
                        Representante Legal, Interesado, Tutor, Otro
                    
                    
                        AFIRMATIVA FICTA:  No
                    
                    
                        REQUIERE INSPECCIÓN:  No
                    
                
                                            PLAZOS
                                        
                                                                                                                
                                            FUNDAMENTO JURIDICO
                                        
                                                                            
                                            ESCENARIOS
                                        
                                                                            
                                            OFICINAS
                                        
                                - Tiempo que tiene el organismo para resolver: 5 Días Hábiles
 
                                                            Personas físicas
                                                        
                                                
                                                    Para dar publicidad frente a terceros en la inscripción de las   Asociaciones, Sociedades Civiles y Religiosas 
                                                    
Requisitos
                                                        
                                                        
                                                            
                                                                    
                                                        
                                                            
                                        Requisitos
- Escritura Pública
 - En caso de asociación civil o sociedad civil, puede realizarse por contrato privado
 - Permiso de la Secretaría de Economía, tratándose de los demás actos únicamente original de la escritura pública
 - Cubrir los derechos correspondientes
 - En caso de constitución de Asociaciones Religiosas se deberá anexar permiso de la Secretaría de Gobernación
 
                                                                        Presencial
                                                                    
                                                            
                                                                Pasos
                                                                
                                                                
                                                - Acudir a la oficina registral y/o a la notaria que desee el usuario
 - Tomar turno para la emisión del recibo
 - Presentar acta constitutiva para el recibo de pago, en caso de ser mercantil traer USB y hojas precodificadas
 - Realizar el pago de derechos
 - Tomar turno para ingresar la escritura
 - Acudir el día que se asigne en el volante para recibir el trámite
 
                                                            Mexicali
                                                        
                                                        
                                                            Tijuana
                                                        
                                                        
                                                            Ensenada
                                                        
                                                        
                                                            Tecate
                                                        
                                                        
                                                            Playas de Rosarito
                                                        
                                                        
                                                            San Quintín
                                                        
                                                
                                                            Registral
                                                            Edificio del Poder Ejecutivo Del Estado #994, Centro Cívico , Mexicali, 210000