Elaboración de Avalúos a Particulares.
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
Homoclave: BC-SHFP-001
Actualizado el 06/Febrero /2026
Presencial
Emitir documento en el que consta el proceso de estimar el valor específico de un bien o derecho determinado y debidamente identificado, para un fin específico, A una fecha dada en moneda de curso legal y cuando el bien a valuar sea materia de una operación donde intervenga el gobierno del estado, dependencia de la administración pública.
CUANDO REALIZARLO: Cuando el solicitante requiera documento en el que conste el proceso de estimar el valor de un bien.
QUE SE OBTIENE: Avalúo
VIGENCIA: 1 AÑO
COSTO VARIABLE: Dentro del centro de población $930.06 pesos (como anticipo) más el 3.00 al millar sobre el valor del bien (al término del trámite) y fuera del centro de población $1,163.56 pesos (como anticipo) más el 3.00 al millar sobre el valor del bien (al término del trámite)
QUIEN PUEDE REALIZARLO:
Representante Legal, Interesado
AFIRMATIVA FICTA: No
REQUIERE INSPECCIÓN: Sí
PLAZOS
FUNDAMENTO JURIDICO
ESCENARIOS
OFICINAS
- Tiempo que tiene el organismo para resolver: 3 Meses
Ciudadanía en general
Avaluó de bienes muebles
Avaluó de bienes inmuebles
El trámite deberá realizarlo a través de la dependencia y/o entidad paraestatal que lleve a cabo la operación relativa al bien a valuar.
Requisitos
Requisitos
- El trámite deberá realizarlo a través de la dependencia y/o entidad paraestatal que lleve a cabo la operación relativa al bien a valuar.
Presencial
Pasos
- Dirigirse a la oficina de la Comisión Estatal de Avalúos más cercana.
- Presentar solicitud de acuerdo a los requisitos establecidos.
- Una vez registrada la solicitud, personal del Departamento del Área Técnica procederá al análisis de la documentación, realización de inspección física del bien materia del avalúo,y posterior realización del proyecto de avalúo.
- El proyecto de avalúo se somete a consideración del Cuerpo Colegiado de la Comisión durante las sesiones ordinarias y extraordinarias y se procede a la votación.
- En caso de aprobación del citado proyecto, se procede a la emisión del avalúo y gestión de firmas.
- Una vez que se encuentra debidamente requisitado, se remite mediante oficio al solicitante.
- En caso de actualizarse alguno de los supuestos previstos en el párrafo cuarto del artículo 35 de la Ley de Ingresos del Estado de Baja California para el ejercicio fiscal vigente, se notifica la orden de pago por concepto de elaboración de avalúo para la realización del pago correspondiente en cajas de Recaudación de Rentas del Estado.
- Una vez realizado el pago de derechos, se deberá exhibir el comprobante por concepto de elaboración de avalúo en las oficinas de la Comisión, debiendo exhibir identificación oficial al momento.
- Se entrega avalúo al solicitante.
Mexicali
Tijuana
Ensenada
Comisión Estatal de Avalúos
Av. Álvaro Obregón y Calle México #599, Sección Primera , Mexicali, 21100