Servicio de Guardaespaldas y/o Escoltas a Personas
SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
Homoclave: BC-SSCBC-018
Actualizado el 08/Febrero /2024
Presencial
Trámite en el cual se solicitan los requisitos necesarios para la autorización de la prestación del servicio de seguridad privada en traslado y protección de personas, es decir, en custodia de personas (servicio de guardaespaldas y/o escoltas)
CUANDO REALIZARLO: Cuando se desee prestar el servicio de seguridad privada
QUE SE OBTIENE: Autorización para prestar servicios de seguridad privada
SIN VIGENCIA
COSTO VARIABLE: Variable de acuerdo a la ley de ingresos del estado de baja california, para obtener la relación de costos, favor de dirigirse a la pestaña de documentos informativos y descargar el documento
QUIEN PUEDE REALIZARLO: Interesado, Representante Legal, Otro
AFIRMATIVA FICTA: No
REQUIERE INSPECCIÓN:
PLAZOS
FUNDAMENTO JURIDICO
ESCENARIOS
OFICINAS
  • Tiempo que tiene el organismo para prevenir: 30 Días Hábiles
Traslado y protección de personas persona moral
Traslado y protección de personal persona física
La custodia, salvaguarda y defensa de la vida y la integridad física de los prestatarios, dentro y fuera de su domicilio

Requisitos
  • Solicitud de autorización para prestar los servicios de seguridad privada en el Estado de Baja California Descargar
  • El acta constitutiva cuyo objeto social esté relacionado con la prestación de servicios de seguridad privada. Así como el documento en donde se acredite la nacionalidad mexicana
  • La cédula del Registro Federal de Contribuyentes expedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
  • La constancia de empadronamiento o inscripción del Registro Federal de Contribuyentes ante la Secretaría de Planeación y Finanzas del Estado de Baja California
  • El permiso para la instalación y uso de equipo de radiocomunicación, expedido por la autoridad competente o en su caso, el contrato celebrado con la concesionaria de telecomunicaciones autorizada. Descargar
  • La relación del equipo de radiocomunicación que se utilizará para la prestación de los servicios de seguridad privada, en la que se describan las características específicas del mismo
  • El manual de operaciones del personal operativo, por cada modalidad de las previstas en el artículo 4 del reglamento que se solicite
  • El documento en el que señale la circunscripción territorial para la cual se solicita la autorización
  • La documentación que acredite su domicilio legal para oír y recibir notificaciones, y en su caso, el de las sucursales que se encuentren ubicadas en el estado de baja california, acompañando plano de ubicación de la matriz, como de las sucursales
  • La relación de los socios y representante o apoderado legal de la negociación, que contenga su nombre, domicilio, lugar y fecha de nacimiento, así como el nombre de sus padres, agregando copia de las actas de nacimiento o cartas de naturalización e identificación oficial vigente con fotografía Descargar
  • En caso de contar con personal operativo, la documentación que acredite que satisface los requisitos previstos por el artículo 74 del Reglamento Descargar
  • La relación del equipo de protección personal que se utilizará para la prestación de los servicios de seguridad privada, en las que se describan las características específicas del mismo, tales como la marca, tipo, modelo y número de serie.
  • En caso de contar con vehículos que serán utilizados para la prestación de los servicios de seguridad privada, presentar la relación que contenga marca, tipo, modelo, serie o número de identificación vehicular, número de placas, tarjeta de circulación vigente, póliza vigente cuando menos contra daños a terceros, así como fotografías conteniendo colores, logotipos o emblemas en las que se aprecien
  • La licencia vigente para la portación y registro de cada una de las armas de fuego que serán utilizadas para la prestación de los servicios de seguridad privada, expedidos por la autoridad competente, así como los demás elementos de identificación que la dirección les solicite por escrito, en relación con dichas armas
  • Una fotografía a color de las insignias y de cualquier aditamento que se pretenda utilizar en la prestación de los servicios de seguridad privada
  • Una fotografía frontal, trasera lateral izquierda y lateral derecha, a color, de cuerpo entero del uniforme que utilizará el personal operativo para la prestación de los servicios de seguridad privada, incluyendo sus accesorios
  • Una relación que contenga el nombre del jefe de operaciones, acompañada de los requisitos establecidos por el artículo 74.
  • Un ejemplar del programa permanente de capacitación por cada modalidad solicitada de las previstas en el artículo 4 del reglamento, que se aplicará al personal operativo y al jefe de operaciones, que incluya los lineamientos y programas que establezca la academia, así como las materias a impartir, la duración de los cursos, el calendario anual de capacitación, el nombre de la persona física o mora
  • El permiso para uso de suelo para local comercial, otorgado por el ayuntamiento respectivo al lugar donde tengan ubicados sus establecimientos
  • Constancia de antecedentes penales del propietario, los socios, representantes o apoderado legal que pretendan prestar servicios de seguridad privada, así como no estar sujetos a proceso penal alguno.
  • Modelo de gafete o credencial de identificación que expedirán para uso obligatorio del personal operativo Descargar
  • Instruir a su personal operativo a efecto de que porte las armas de fuego con discreción y en forma no ostentosa
  • Instruir a su personal operativo en el sentido de que las armas de fuego únicamente deberán utilizarse en caso de agresión real o inminente y sin derecho en contra de su persona o de los prestatarios y atendiendo a criterios de proporcionalidad con los medios utilizados por los agresores
  • Asegurarse de que el personal operativo que porte armas de fuego, realice los ejercicios obligatorios de tiro, conforme a los lineamientos que establezca la academia
  • Contar con un padrón de prestatarios que incluya su nombre y domicilio, el horario de la prestación de los servicios de seguridad privada y el nombre del personal operativo que le será asignado
Modalidades
Presencial
Pasos
  • El ciudadano acreditará los requisitos para su modalidad o modalidades
  • El ciudadano presentará una carpeta con los requisitos en la dirección de seguridad privada
  • El servidor público revisará que cumpla con la totalidad de los requisitos
  • El servidor público informará al ciudadano si su carpeta cumple o no con los requisitos y que es necesario solventar
  • Cuando la carpeta este completa, se realizará una visita al ciudadano, para verificar que cumpla con los requisitos del establecimiento
  • Una vez realizada la visita y cumplidos todos los requisitos, se realizará un oficio de pago por la autorización
  • El ciudadano realizará el pago de la autorización y entregará su comprobante en la dirección de seguridad privada
  • El servidor público hará entrega del permiso al ciudadano y explicará las obligaciones con las que debe cumplir
Mexicali
Dirección de Seguridad Privada Paseo de los Héroes Y de la Libertad #399, Centro Cívico, Mexicali, 21000