Servicio de Guardaespaldas y/o Escoltas a Personas
Secretaría de Seguridad Ciudadana del Estado de Baja California
Homoclave: BC-SSCBC-018
Actualizado el 09/Septiembre/2024
Presencial
Trámite en el cual se solicitan los requisitos necesarios para la autorización de la prestación del servicio de seguridad privada en traslado y protección de personas, es decir, en custodia de personas (servicio de guardaespaldas y/o escoltas)
CUANDO REALIZARLO: Cuando se desee prestar el servicio de seguridad privada
QUE SE OBTIENE: Autorización para prestar servicios de seguridad privada
SIN VIGENCIA
COSTO: $21,064.34 pesos
QUIEN PUEDE REALIZARLO:
Interesado, Representante Legal, Otro
AFIRMATIVA FICTA: No
REQUIERE INSPECCIÓN: Sí
PLAZOS
FUNDAMENTO JURIDICO
ESCENARIOS
OFICINAS
- Tiempo que tiene el organismo para prevenir: 30 Días Hábiles
Traslado y protección de personas persona moral
Traslado y protección de personal persona física
La custodia, salvaguarda y defensa de la vida y la integridad física de los prestatarios, dentro y fuera de su domicilio
Requisitos
Requisitos
- Solicitud de autorización Descargar
- El acta constitutiva cuyo objeto social esté relacionado con la prestación de servicios de seguridad privada
- La cédula de Registro Federal de Contribuyente expedida por la SHCP
- La constancia de empadronamiento ante la Secretaría de Planeación y Finanzas del Estado de Baja California
- Autorización para operar equipo de radio: Expedida por la autoridad reguladora o por una empresa de telecomunicaciones autorizada Descargar
- Listado detallado del equipo de radio comunicación
- Manuales de operaciones específicos para cada modalidad previstas en el artículo 4 del reglamento de seguridad
- Documento que señale la delimitación geográfica del servicio
- Documentación que acredite el domicilio legal de matriz y sucursales para recibir notificaciones dentro del Estado, así como planos de ubicación de ambos
- Relación con nombre, domicilio, lugar y fecha de nacimiento, así como el nombre de sus padres, agregando copia de las actas de nacimiento o cartas de naturalización e identificación oficial vigente del propietario o de los socios y representante legal y personal operativo Descargar
- Comprobante de cumplimiento del artículo 74 para personal operativo Descargar
- Relación detallada del equipo de protección personal como marca, modelo y número de serie
- Descripción de la flota vehicular, especificando marca, modelo y documentación vigente, póliza contra daños a terceros e imágenes colores, logotipos o emblemas en las que se aprecien sus insignias
- Documentación vigente que acredite la legal posesión y portación de las armas de fuego utilizadas en el servicio de seguridad privada
- Una imagen a color de insignias y aditamentos de seguridad a utilizar
- Imagen a color frontal, trasera, lateral izquierda y lateral derecha, a color, de cuerpo entero del uniforme y sus accesorios
- Nombre del jefe de operaciones anexado los requisitos del artículo 74 del reglamento
- Plan detallado de capacitación continua para todo el personal operativo, incluyendo al jefe de operaciones, que cumpla con lo establecido en el artículo 4 del reglamento y los lineamientos del Instituto. Precisar materias, duración, calendario y comprobante de conocimiento y de certificación al instructor por parte del Instituto.
- Nombre del jefe de operaciones anexado los requisitos del artículo 74 del reglamento
- Constancia de no antecedentes penales vigente del propietario y/o socios, representantes o apoderados legales
- propietario y/o socios, representantes o apoderados legales no estar sujeto a proceso penal o haber sido condenados por delitos dolosos
- Modelo del gafete o credencial de identificación para el personal operativo Descargar
- Instruir al personal operativo a portar armas de fuego de manera discreta y no ostentosa.
- Instruir al personal operativo debe utilizar armas de fuego únicamente en caso de una agresión real o inminente en defensa propia o de terceros, y siempre de manera proporcional a la amenaza
- El personal operativo que porte armas de fuego debe realizar obligatoriamente ejercicios de tiro conforme a los lineamientos establecidos por el Instituto.
- Registro detallado de los clientes que contratan servicios de seguridad. Debe incluir su nombre, domicilio, horarios de servicio y el personal asignado.
Presencial
Pasos
- El ciudadano acreditará los requisitos para su modalidad o modalidades
- El ciudadano presentará una carpeta con los requisitos en la dirección de seguridad privada
- El servidor público revisará que cumpla con la totalidad de los requisitos
- El servidor público informará al ciudadano si su carpeta cumple o no con los requisitos y que es necesario solventar
- Cuando la carpeta este completa, se realizará una visita al ciudadano, para verificar que cumpla con los requisitos del establecimiento
- Una vez realizada la visita y cumplidos todos los requisitos, se realizará un oficio de pago por la autorización
- El ciudadano realizará el pago de la autorización y entregará su comprobante en la dirección de seguridad privada
- El servidor público hará entrega del permiso al ciudadano y explicará las obligaciones con las que debe cumplir
Mexicali
Dirección de Seguridad Privada
Paseo de los Héroes Y de la Libertad #399, Centro Cívico, Mexicali, 21000